La Sunarp anunció que incorporó a partir de este viernes, como alternativa a su tramitación física, la presentación e inscripción de diversos actos inscribibles en los registros de predios, personas jurídicas, testamentos, propiedad vehicular y registro mobiliario de contratos, en formato íntegramente electrónico.
Ello se hará a través del Sistema de Intermediación Digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SID- Sunarp) vía Internet.
Estas nuevas medidas facilitan el trabajo remoto para la calificación de los títulos por parte de los registradores públicos”, precisó el jefe de la Sunarp, Harold Tirado.
Añadió que se están haciendo las acciones necesarias para que al 31 de marzo de 2021 todos los actos registrales que provienen de sede notarial se tramiten por vía electrónica, lo que constituirá un hito histórico para el bien del país.
Trámites que se podrán hacer en forma electrónica:
A partir del 24 de julio del 2020:
- Transferencia de participaciones.
- Nombramiento, remoción o renuncia de directorio, director o de cualquiera de los cargos comprendidos en dicho órgano.
A partir del 19 de agosto del 2020:
- Constitución de sociedad civil.
- Constitución de sociedad civil de responsabilidad limitada.
- Constitución de sociedad colectiva.
- Constitución de sociedad en comandita por acciones.
- Constitución de sociedad en comandita simple.
- Escisión.
- Fusión.
- Transformación.
- Sucursal.
- Disolución, liquidación y extinción.
- Constitución de fundación.
- Constitución de comités.
- Constitución de cooperativas.
Actos inscribibles a través de Internet para el registro de predios
A partir del 24 de julio del 2020:
- Transferencia por aporte.
A partir del 31 de agosto del 2020:
- Fideicomiso.
- Renuncia de herencia.
- Reversión y revocatoria de donación o anticipo de Legítima.
- Transferencia por reducción de capital.
- Transferencia por fusión, escisión y reorganización simple.
- Cesión de derechos.
- Cesión de posición contractual.
- Transferencia por fenecimiento de la sociedad de gananciales.
- Transferencia por sucesión testamentaria.
- Sustitución de régimen patrimonial.
- División y partición.
- Resolución de contrato.
- Título supletorio.
- Anticresis
- Arrendamiento.
- Arrendamiento financiero.
- Uso.
- Pacto de reserva de propiedad.
- Pacto de retroventa.
- Servidumbre.
- Inmovilización temporal de partidas.
- Pacto de indivisión.
- Modificación de patrimonio familiar.
- Derecho de superficie.
- Nombramiento y remoción de presidente de la junta de propietarios.
- Nombramiento y remoción de directiva de la junta de propietarios.
- Anotación preventiva notarial por falsificación y suplantación.
El SID-Sunarp es una plataforma tecnológica que permite realizar el procedimiento registral electrónicamente, lo que ofrece ventajas cualitativas en materia de simplificación administrativa y prevención del fraude.
A ellas deben sumarse aspectos que, en tiempos de emergencia sanitaria nacional por el COVID-19, resultan trascendentales, como evitar la aglomeración de personas en las oficinas registrales, así como la circulación del título en soporte de papel entre distintas áreas y personal administrativo del registro.
La tramitación a través del SID-Sunarp constituye un medio alternativo al procesamiento de los títulos notariales en físico o papel, y comprende a los documentos con intervención notarial, expedidos en formato electrónico y suscrito con firma digital.